La Asociación Profesional de Peritos Judiciales colaboradores con la Administración de Justicia peninsular, insular y de las ciudades autónomas de España, se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, Grupo 1º, Sección 1ª, nº 604.220 nacional.
Uno de los principales objetivos de la Asociación es agrupar a los peritos judiciales de diferentes especialidades, todos ellos con titulación oficial en los casos en que la misma existe.
Además de la titulación oficial la Asociación exige a todos sus miembros la necesaria experiencia, así como el conocimiento de las normas procesales, lo cual capacita a los mismos para la emisión de dictámenes con la idoneidad, especialidad y rigor profesional que les acreditan tanto ante los órganos de la Administración de Justicia, como con los profesionales del Derecho, pues la experiencia que se exige no solo está referida a los conocimientos y práctica de su actividad profesional, sino también a la práctica forense materializada en la emisión y posterior defensa de los dictámenes ante los Tribunales.
La Asociación pone al servicio de los órganos judiciales, de los profesionales del Derecho, y de los justiciables en general, a peritos de diversas actividades profesionales, siendo por ello una Asociación multidisciplinar. La característica principal de esta Asociación es que sólo forman parte de la misma auténticos especialistas y profesionales plenamente consolidados, tanto en conocimientos como en experiencia, lo que la distingue de otras asociaciones cuya principal finalidad es la de captar socios ofreciéndoles cursos mediante la correspondiente retribución económica y posterior otorgamiento de diplomas o pseudotítulos que no están reglamentados y que carecen de validez oficial. El perito judicial no se forma con un cursillo, a veces ni siquiera presencial, sino que el principal requisito es el que establece el artículo 340 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es decir, tener la titulación oficial (no cursillos o diplomas de carácter privado) y que además se corresponda con la materia objeto de dictamen y la naturaleza de éste. Otras asociaciones están enfocadas principalmente a la realización de cursillos para la formación de peritos judiciales (sin ninguna validez oficial) con el objeto de obtener ingresos a costa de la creación de falsas expectativas en las personas que acuden a su reclamo. Por el contrario la Asociación Profesional de Peritos Judiciales y colaboradores con la Administración de Justicia tiene como fin último ofrecer un servicio de calidad a los Tribunales y justiciables, sin percibir retribución económica alguna por ello, aglutinando a los profesionales ya consolidados en el ámbito de la pericia judicial, mejorando y coordinando las actuaciones de los mismos.
La Asociación cuenta con un código deontológico que regula y avala la profesionalidad, objetividad e imparcialidad que debe observar todo perito en sus relaciones con las partes y con los Tribunales.
Los miembros de la Asociación están cualificados e intervienen en aquellas peritaciones para las que poseen, además de la titulación oficial específica y adecuada, la experiencia suficiente, por lo que sus dictámenes resultan eficientes y con el debido rigor profesional. Esto resulta imprescindible en los supuestos de litigio, ya que los Tribunales conceden una mayor valoración y credibilidad a los dictámenes emitidos por peritos con la titulación oficial adecuada, especializada y con experiencia.
El perito se hace imprescindible en todos aquellos supuestos de controversias tales como valoraciones, tasaciones, divisiones testamentarias, accidentes, falsificaciones, asuntos en los campos de la economía, de la edificación, de la construcción, de la ingeniería, de la medicina, etc, y en numerosas actuaciones judiciales en las que son precisos los conocimientos técnicos, artísticos o científicos de calidad.